ACEVEDO, MAGDALENA LUJAN c/ GALENO ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
Trabajadora demandó a ART por incapacidad psicofísica. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia, reduciendo el porcentaje de incapacidad psíquica.
Incapacidad psicofísica derivada de un accidente laboral
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia, fijando la incapacidad física en 3,45% (3% con 15% de factores de ponderación) y rechazando la incapacidad psíquica. Estableció el monto de condena en $201.179, con intereses desde la fecha del accidente.
Los principales fundamentos fueron:
- La incapacidad física por afectación del dedo anular no fue cuestionada.
- Respecto a la incapacidad psíquica, si bien el trastorno de estrés postraumático puede reconocerse cuando existe un evento traumático relevante en el trabajo, en este caso el trauma fue leve y no generó una perturbación patológica de la personalidad.
- El daño psíquico debe tener nexo causal adecuado con el hecho dañoso, lo que no se verifica cuando el trauma es leve y no afecta la capacidad del trabajador para desenvolverse socialmente.
- Los intereses deben calcularse desde la fecha del siniestro para compensar adecuadamente el no usufructo del capital.
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