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QUISPE PARILLO, EFRAIN JESUS c/ OMINT ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor promovió demanda por incapacidad psíquica derivada de un accidente laboral. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia y redujo el monto de la indemnización.

Incapacidad psiquica Dano psiquico Accidente laboral Trastorno de estres postraumatico Perturbacion patologica de la personalidad


¿Quién es el actor?

Efrain Jesus Quispe Parillo

¿A quién se demanda?

OMINT ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por incapacidad psíquica derivada de un accidente laboral

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, reduciendo el monto de la indemnización por considerar que el daño psíquico sufrido no tiene la gravedad atribuida en primera instancia. Los jueces señalaron que para que exista daño psíquico debe mediar una perturbación patológica de la personalidad, lo que no se verifica en el caso. No obstante, confirmaron la indemnización por la incapacidad física derivada del accidente. Fundamentos principales:
- El trastorno de estrés postraumático es la enfermedad contemplada por el decreto 659/96, que requiere que el evento traumático haya sido relevante y ocurrido en el trabajo.
- Cuando el trauma es leve y cura sin secuelas, o éstas no son trascendentales, no cabe indemnizar el displacer propio de personalidades inmaduras con baja tolerancia a la frustración.
- El daño psíquico debe implicar una perturbación patológica de la personalidad, no pudiendo derivar de factores extralaborales como relaciones personales o familiares.

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