RIVEROS ORTIZ, MONICA DEJESUS c/ CONSORCIO DE PROPIETARIOS DEL EDIFICIO MARTINIANO LEGUIZAMON 4095 s/DESPIDO
La actora promovió demanda por despido y otros créditos laborales, pero la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó el rechazo de la demanda al considerar que la parte actora no logró acreditar la prestación de servicios en favor del consorcio demandado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Sra. Mónica de Jesús Riveros Ortiz demandó al Consorcio de Propietarios del Edificio Martiniano Leguizamón 4095 por despido y otros créditos laborales. Argumentó que se desempeñaba como personal de maestranza y encargada del edificio desde abril de 2010, bajo el CCT 589/10, percibiendo una remuneración de $12.000 mensuales y una vivienda en el edificio. Sostuvo que el 6/3/2017 la administradora le negó tareas y la obligó a desocupar la vivienda, por lo que se consideró despedida. El tribunal de primera instancia rechazó la demanda por considerar que la actora no logró acreditar la prestación de servicios en favor del consorcio demandado. En apelación, la Cámara Nacional del Trabajo confirmó esta decisión. Consideró que el único elemento de prueba a favor de la actora, la testimonial de Fardella, es insuficiente para acreditar la existencia de la relación laboral, ya que no explicaba aspectos centrales de la supuesta vinculación, como el inicio, horario, remuneración o quién le daba órdenes. Además, surgía de otras pruebas que la madre de la actora era inquilina del departamento donde ésta habría vivido, lo que restaba credibilidad a su versión.
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