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MENDOZA, ELIAS TOMAS PEDRO c/ PROVINCIA ART S.A. s/QUEJA EXPTE. ADMINISTRAT.

El actor promovió queja contra la resolución administrativa que determinó que no padecía incapacidad laboral. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la decisión al concluir que el trabajador no acreditó secuelas del accidente que le impidieran desempeñar sus tareas habituales.

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Determinación de incapacidad laboral por accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la resolución administrativa que determinó que el actor no padecía incapacidad laboral derivada del accidente de trabajo sufrido.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El trabajador, agente de seguridad de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires, sufrió un evento traumático al caer de su moto, pero fue dado de alta rápidamente y continuó desempeñando sus tareas habituales, inclusive las de portar armas de fuego.
- El trauma sufrido fue leve, sin pérdida de conocimiento, y el trabajador recibió el tratamiento kinesiológico correspondiente, sin que se constataran clínicamente secuelas que le impidieran desarrollar su actividad laboral.
- Para que prospere un reclamo de incapacidad laboral, es necesario acreditar un daño cierto, concreto y actual que genere una incapacidad efectiva para el trabajo, lo que no se demostró en el caso.

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