CALATAYUD, PEDRO MANUEL c/ SHORT TIME SRL Y OTRO s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y aumentó los montos indemnizatorios.
Indemnizaciones por despido
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de grado, aumentando los montos indemnizatorios. Confirmó que el actor prestó servicios para AUTOBAT SAIC a través de la empresa de servicios eventuales SHORT TIME SRL, considerando que se trató de un despido incausado. Acogió el reclamo del actor de las indemnizaciones de los arts. 8 y 15 de la Ley 24.013.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El tribunal analizó que la contratación a través de la empresa de servicios eventuales no acreditó que las tareas fueran extraordinarias y transitorias, por lo que correspondía aplicar el art. 29 LCT y considerar al actor como empleado directo de AUTOBAT SAIC.
- Respecto a la indemnización del art. 80 LCT, al no haberse acreditado la entrega oportuna de la documentación, correspondía la condena.
- En cuanto a las indemnizaciones de los arts. 8 y 15 de la Ley 24.013, se acogieron los agravios de la parte actora, dejando sin efecto la morigeración dispuesta en primera instancia.
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