GRANCE MEDINA, HUGO JAVIER c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
Demandante impugna resolución de comisión médica sobre grado de incapacidad. Cámara reduce porcentaje de incapacidad psíquica y ajusta monto indemnizatorio.
Impugnación de resolución de comisión médica sobre grado de incapacidad derivado de accidente laboral.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia. Excluyó el 10% de incapacidad psíquica reconocida, y fijó el porcentaje de incapacidad total en 8,96%, lo que implica una indemnización de $807.569,94. Asimismo, elevó los honorarios del letrado del actor a $200.000 y del perito médico a $48.500. "Respecto de la incapacidad psíquica, y atento a los términos de la apelación de la ART, observo que en el formulario de inicio no se incluyó la denuncia relativa a que el accionante padeciera de enfermedad psíquica derivada del accidente laboral padecido. A su vez, resulta pertinente señalar que del acta de Audiencia Médica (ver folios 48/49 del oficio DEO) surge que la asesora letrada del Sr. Grance Medina asistió a dicho acto y de allí no se evidencia que hubiera formulado alguna discrepancia con el resultado de la revisación médica en la que únicamente se evaluó la faz física (art. 6 Res. SRT 298/2017 y art. 14 del Anexo I de la Res. Nº 179/2015 SRT). Además, del resto de las constancias del trámite administrativo tampoco surge que el trabajador hubiera efectuado presentación alguna u ofrecido prueba tendiente a probar una minusvalía en el plano psíquico." "Ahora bien, dado el porcentaje de minusvalía física que llega firme a esta instancia (8%), más el 12% de los factores de ponderación fijados en el peritaje (10% por dificultad para la realización de las tareas habituales y 2% por edad – v. hoja 8 del peritaje médico), el porcentaje de incapacidad a resarcir ascendería a 8,96% de la t.o., lo que así sugiero."
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