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ASOCIACION SINDICAL DE SALUD PUBLICA DE RIO NEGRO c/ MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Y OTRO s/LEY DE ASOC.SINDICALES

La Asociación Sindical de la Salud Pública de Río Negro promovió demanda por denegatoria tácita de inscripción sindical. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo rechazó la acción al considerar que no existe aún una denegación expresa de la autoridad administrativa.

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- Actor: Asociación Sindical de la Salud Pública de Río Negro (ASSpuRN)
- Demandado: Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
- Objeto de la demanda: Solicitud de inscripción gremial con fundamento en el art. 62, inc. d) de la Ley 23.551
- Decisión del tribunal: Se rechaza la acción promovida por la asociación sindical.
- Fundamentos:
- La autoridad administrativa aún no se ha expedido sobre el cumplimiento de los requisitos del art. 21 de la Ley 23.551, por lo que no hay una denegación tácita.
- El silencio de la administración no es suficiente para habilitar la vía judicial, sino que requiere que el particular solicite un pronto despacho, lo cual no se acreditó en autos.
- Corresponde devolver las actuaciones al Ministerio de Trabajo para que prosiga con el trámite y, de considerarlo procedente, inscriba a la entidad sindical.
- Se imponen las costas de la Alzada en el orden causado.
- Se regulan los honorarios de los representantes legales.

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