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MARTINEZ, DOLORES TERESA c/ 17 DE ABRIL S.A. s/DESPIDO

La demandada apeló el despido injustificado de la trabajadora. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral confirmó la sentencia de primera instancia y rechazó los agravios planteados por la empresa.

Indemnizacion por despido Incremento indemnizatorio Despido injustificado Falta de respeto Telegramas Certificados de aportes


- Actor: Dolores Teresa Martínez
- Demandado: 17 de Abril S.A.
- Objeto: Despido injustificado
- Decisión:
- El tribunal confirmó que el despido de la actora fue injustificado, ya que la comunicación enviada por ella el 9/8/17 no puede considerarse como una falta de respeto o injuria que habilite el despido.
- Respecto al planteo sobre la reducción del incremento indemnizatorio del art. 2 de la ley 25.323, el tribunal señaló que la empresa no lo invocó al contestar la demanda, por lo que no puede ser analizado.
- Se confirmó la condena a la entrega de los certificados de aportes y contribuciones.
- Se elevaron los honorarios de la representación letrada de la actora. Fundamentos relevantes: "No observo, de la atenta lectura del telegrama del 9/8/17, que los dichos impuestos por la trabajadora puedan llegar a considerarse siquiera mínimamente una falta de respeto y educación como lo invocó la accionada." "La facultad normativa que se atribuye a los jueces se confiere para el supuesto en que el empleador justifique la demora incurrida respecto del pago de las indemnizaciones debidas, pero en dicha cuestión entrará en juego no sólo la valoración relativa a la acreditación –o no
- de la causal invocada para disolver el vínculo, sino también, si la misma resulta justificada, extremos que no se verificaron en autos de ninguna manera."

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