SEPULVEDA, FLORENCIA c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La demandada impugnó sentencia que hizo lugar al reclamo de los derechohabientes por muerte de trabajador en accidente in itinere. La Cámara confirmó la decisión al considerar que la ART tuvo una aceptación tácita del siniestro al no notificar el rechazo en plazo.
La actora, en representación de los derechohabientes, demandó a la ART Galeno ART S.A. por el cobro de indemnizaciones por la muerte del trabajador Sr. Cabezas en un accidente in itinere ocurrido el 09/05/2016. La sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda. La ART apeló, alegando que rechazó el siniestro dentro de plazo por falta de pruebas de que se trate de un accidente laboral. La Cámara confirmó la decisión de primera instancia, considerando que al no demostrar la ART que notificó en tiempo y forma el rechazo, operó la aceptación tácita del siniestro según lo prescripto por el art. 6 del Dec. 717/96. Asimismo, confirmó los intereses aplicados, en virtud de lo dispuesto por el art. 2 de la Ley 26.773, que establece que el derecho a la reparación se computa desde la ocurrencia del evento dañoso.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: