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GOMEZ, MAURO ALEJANDRO c/ PRODUCTORES DE FRUTAS ARGENTINAS COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia que determinó un porcentaje de incapacidad psicofísica y fijó el inicio del cómputo de intereses desde la fecha del evento dañoso.

Incapacidad psicofisica Pericia medica Ley 26 773 Computo de intereses Despido


- Actor: Mauro Alejandro Gómez
- Demandado: Productores de Frutas Argentinas Cooperativa de Seguros Limitada
- Objeto: Reclamo por despido
- Decisión: La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que había hecho lugar parcialmente a la demanda. La Cámara analizó los siguientes puntos:
- Valoración de la pericia médica: La Cámara consideró que el juez de primera instancia había realizado una correcta valoración de la pericia médica, sin que los argumentos de la recurrente lograran conmover ese criterio. Señaló que la determinación de la incapacidad laboral es atribución exclusiva de los jueces.
- Cómputo de intereses: La Cámara desestimó el agravio de la demandada respecto al inicio del cómputo de intereses, indicando que el art. 2 de la ley 26.773 establece que el derecho a la reparación dineraria se computa desde que acaeció el evento dañoso.

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