GRANADA, AGUSTINA c/ INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS s/DESPIDO
La actora promovió demanda por despido contra el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral modificó la sentencia y condenó al PAMI a abonar las indemnizaciones correspondientes.
- Actora: Agustina Granada
- Demandado: Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI)
- Objeto: Despido
- Decisión: La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y dispuso que Granada prestó servicios en relación de dependencia para el PAMI, por lo que le corresponden las indemnizaciones por despido.
La Cámara señaló que si bien Granada era una profesional médica, ello no impedía que se configurara una relación laboral de dependencia. Consideró que el PAMI no logró desvirtuar la presunción de existencia de contrato de trabajo prevista en el art. 23 LCT. Además, valoró que Granada estaba sujeta al control y poder de dirección del PAMI.
En cuanto a los montos indemnizatorios, la Cámara tomó en cuenta la antigüedad de la trabajadora desde 2008 hasta 2016, y su mejor remuneración mensual de $40.019,50 para calcular la indemnización por antigüedad, preaviso e integración del mes de despido, fijando un total de $390.836,91.
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