PALACIO LEONARDO CARLOS c/ CI 5 S.A. Y OTRO s/DESPIDO
El actor promovió demanda laboral reclamando diferencias salariales y daños por el pago de conceptos con carácter "no remunerativo". La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral confirmó la sentencia de primera instancia que otorgó carácter salarial a varios conceptos pactados como "no remunerativos".
- El actor reclamó diferencias salariales y daños por el pago de conceptos con carácter "no remunerativo"
- La jueza de primera instancia concluyó que los conceptos "viático CCT", "asignación no remunerativa" y 80% de "art. 105 LCT adic km" tenían carácter salarial
- La empresa codemandada apeló argumentando que dichos conceptos eran no remunerativos conforme el Convenio Colectivo
- La Cámara rechazó el planteo, confirmando el carácter salarial de esos conceptos invocando jurisprudencia de la CSJN y otros fallos de la Cámara
- Asimismo, la Cámara confirmó la procedencia de la multa del art. 80 LCT por falta de entrega de certificados de trabajo y la indemnización por despido indirecto
- Rechazó el planteo del actor sobre multas de las leyes 24.013 y 25.323 al considerar que no se verificaron los supuestos legales
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