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TROPEANO, ROSANA VERONICA-5- Y OTROS c/ TELEFONICA DE ARGENTINA S.A. s/DIFERENCIAS DE SALARIOS

Los actores demandaron a la empresa por diferencias salariales. La Cámara Nacional de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia que reconoció el carácter salarial de las compensaciones por viáticos y telefonía.

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Diferencias salariales, especialmente por la naturaleza remuneratoria de las "compensaciones" por viáticos y telefonía.
- Decisión: La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda, reconociendo el carácter salarial de dichas compensaciones. Los fundamentos principales fueron:
- Esta Sala ya se había pronunciado anteriormente sobre la naturaleza salarial de la "compensación por viáticos" en un caso similar entre las mismas partes.
- Si bien los convenios colectivos las denominan "compensaciones", en la práctica se trata de sumas fijas abonadas uniformemente a todo el personal, sin relación con gastos efectivos, por lo que constituyen remuneración encubierta.
- La "compensación por tarifa telefónica" también califica como remuneración salarial, ya que se trata de sumas dinerarias y no de un beneficio social.
- La homologación administrativa de los convenios colectivos no impide su revisión judicial cuando se advierte que contradicen normas de orden público laboral.

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