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LEVIN, ROMINA MIRIAM c/ AFTER TANGO S.A. Y OTRO s/DESPIDO

La actora demandó por despido y la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia que reconoció la existencia de una relación laboral y condenó a la empleadora al pago de los rubros correspondientes.

Presuncion Solidaridad Ley de sociedades comerciales Relacion laboral Despido Calificacion del vinculo


- Actor: Romina Miriam Levin
- Demandado: After Tango S.A. y Juan Horacio Fabbri
- Objeto: Despido
- Decisión: La Cámara confirmó la sentencia que declaró la existencia de una relación laboral entre las partes y condenó a la demandada al pago de los rubros indemnizatorios correspondientes.
- Fundamentos: Se activó la presunción legal del art. 23 LCT acreditada por el testimonio de testigos que corroboraron que la actora prestaba servicios como bailarina en el establecimiento de la demandada. La circunstancia de facturar como "honorarios" no enerva la calificación del vínculo como laboral. También se confirmó la condena solidaria al presidente de la sociedad demandada en los términos de los arts. 54, 59 y 274 LSC.

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