MERCEDES LLANOS, ANGEL DANIEL c/ PONTE DE CANDELA S.R.L. Y OTROS s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido indirecto y cobro de créditos laborales. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y estableció un nuevo capital de condena.
Despido indirecto y cobro de créditos laborales
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar parcialmente a la demanda. Confirmó el despido indirecto y la procedencia de indemnizaciones, pero modificó el monto de condena. Estableció un nuevo capital de condena de $114.630,19 y condenó solidariamente a las personas humanas demandadas hasta la suma de $68.421,51.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Confirmó la fecha de ingreso denunciada por el actor ante la falta de registración, aplicando la presunción del art. 55 LCT.
- Desestimó el reclamo por horas extras al considerar que la prueba testifical no acreditó la jornada superior a la legal.
- Confirmó la procedencia de la sanción del art. 80 LCT por no entrega oportuna de certificados de trabajo.
- Determinó la responsabilidad solidaria de los socios gerentes en virtud del art. 54 LCT, limitada a los rubros con nexo causal con la falta de registración.
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