BASUALTO, MARCELA ANA c/ EMPRESA DISTRIBUIDORA SUR S.A. s/DESPIDO
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia que hizo lugar a la demanda por despido promovida por la cónyuge supérstite, aumentando los montos indemnizatorios.
Indemnizaciones por despido y diferencias salariales
¿Qué se resolvió?
- Se confirma que el vínculo entre Garbarino y Edesur era de carácter laboral, no de cooperativista.
- Se modifica la base salarial a $54.290,76, incluyendo un adicional convencional.
- Se confirma la aplicación de los Arts. 2 Ley 25.323, 8 y 15 Ley 24.013 y 80 LCT.
- Se limita la indemnización por antigüedad al 33% del mejor salario mensual.
- Se recalculan los rubros condenados, elevando el monto total a $8.912.559,23.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La prueba testimonial acreditó la prestación personal de servicios de Garbarino bajo dirección y control de Edesur, sin registración.
- No se demostró la participación de Garbarino en una cooperativa de trabajo genuina.
- Corresponde aplicar las normas de la LCT y los adicionales convencionales pertinentes.
- Respecto de la indemnización, debe aplicarse el tope del 33% del mejor salario, conforme doctrina "Vizzoti".
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