ROMERO, OLGA FLORENCIA c/ INSTITUTO IALPAD S.R.L. Y OTROS s/DESPIDO
La trabajadora apeló el rechazo de su demanda contra las integrantes de la sociedad, pero la Cámara confirmó la sentencia que no extendió la responsabilidad solidaria a las personas físicas.
Despido
¿Qué se resolvió?
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar parcialmente a la demanda contra la sociedad, pero rechazó extender la responsabilidad solidaria a las personas físicas integrantes de la sociedad demandada. Los jueces señalaron que si bien las personas físicas codemandadas podían dar instrucciones a los empleados de la sociedad, ello no las convierte en empleadoras directas. Además, los argumentos esgrimidos por la recurrente para atribuir responsabilidad solidaria a dichas personas no fueron oportunamente planteados en primera instancia, por lo que no pueden ser analizados en esta instancia.
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