SANTA CRUZ, DEBORA NATALIA c/ AUXILIO MECANICO LINIERS S.A. Y OTRO s/DESPIDO
La actora promovió demanda por despido injustificado contra sus empleadoras. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y confirmó la condena solidaria a las empresas, pero excluyó a una de ellas de la obligación de entregar los certificados de trabajo.
¿Quién es el actor?
Débora Natalia Santa Cruz
- Demandados: Auxilio Mecánico Liniers S.A. y Paraná S.A. de Seguros
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por despido injustificado
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, confirmando la condena solidaria a las empresas pero excluyendo a Paraná S.A. de Seguros de la obligación de entregar los certificados de trabajo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Cámara consideró que la actividad de call center realizada por la actora para atender a los clientes de Paraná S.A. de Seguros, si bien accesoria, estaba integrada a la actividad principal de la aseguradora, por lo que correspondía la responsabilidad solidaria prevista en el art. 30 LCT.
- Respecto a la entrega de certificados, la Cámara entendió que solo correspondía imponerla a la empleadora directa, Auxilio Mecánico Liniers S.A., ya que la responsabilidad solidaria no implica atribuir la condición de empleador a la contratista principal.
- Se confirmó la procedencia de los rubros por despido injustificado, indemnización agravada por falta de pago, y multa por falta de entrega de certificados.
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