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BONILLA BERMUDEZ, SUSANA RAQUEL c/ CENTRO OFTALMOLOGICO DE DIAGNOSTICO S.A. Y OTRO s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

La actora apeló el rechazo de su demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente in itinere. La Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia.

Danos y perjuicios Responsabilidad civil Incapacidad Nexo causal Ley de riesgos del trabajo Accidente in itinere


¿Quién es el actor?

Susana Raquel Bonilla Bermudez
- Demandados: Centro Oftalmológico de Diagnóstico S.A. y Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. (ART)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reparación de daños sufridos por la actora en un accidente in itinere ocurrido el 14/04/2016.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la acción civil por daños y perjuicios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El accidente in itinere es la máxima extensión de responsabilidad del empleador, pero una acción civil por este tipo de accidente carece de base normativa en el Código Civil, debiendo encuadrarse en la Ley de Riesgos del Trabajo.
- No se han acreditado los presupuestos de responsabilidad civil (acto ilícito, imputación y relación causal) que permitan responsabilizar a la empleadora o a la ART en los términos del Código Civil.
- La denuncia ante la ART no significa que el accidente encuadre en las previsiones del derecho común, pues se requiere probar el factor de atribución y el nexo causal.
- Si bien se reconoció una incapacidad del 7% por las lesiones en la rodilla, la limitación funcional en el tobillo no puede vincularse al accidente in itinere inicial.

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