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ACOSTA TAMARA AILEN c/ CABELVISION S.A. (FUSIONO Y ABSORBIO TELECOM ARGENTINA S.A.) Y OTRO s/ACCION DECLARATIVA

La empleada accionó por despido incausado y enfermedad profesional. La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, fijando la fecha de inicio de los intereses por la enfermedad profesional y confirmando los demás aspectos.

Dano moral Intereses Tasa de interes Costas Enfermedad profesional Despido incausado


- Actora: Tamara Ailen Acosta
- Demandados: Telecom Argentina SA y Experta ART SA
- Reclamos: despido incausado, daño moral, entrega de certificados de trabajo y enfermedad profesional

¿Qué se resolvió?


- Se declaran mal concedidos los recursos sobre el fondo, salvo los recursos de Telecom sobre la sanción del art. 2 ley 25.323 y la entrega de certificados, y el de Experta sobre la fecha e intereses de la reparación sistémica.
- Se confirma lo resuelto sobre la acción por despido.
- Se modifica la sentencia respecto a la enfermedad profesional, fijando que los intereses corren desde el 27/04/2012.
- Se confirman los honorarios de los profesionales.
- Las costas de ambas acciones a las vencidas. Fundamentos relevantes:
- Sobre los intereses por enfermedad profesional, deben correr desde los 30 días de la consolidación jurídica del daño, es decir, desde el 27/04/2012.
- La tasa de interés aplicable es la tasa activa cartera general del Banco Nación.

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