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CORDOBA, VICTOR DANIEL c/ EXPERTA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El trabajador reclamó indemnización por accidente de trabajo, pero la Cámara redujo el monto fijado en primera instancia por considerar excesiva la incapacidad psicológica reconocida.

Indemnizacion Incapacidad fisica Incapacidad psicologica Relacion causal Accidente de trabajo Ley 27 348

Indemnización por accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara redujo el monto de condena fijado en primera instancia, al considerar que la incapacidad psicológica reconocida al actor no guardaba adecuada relación con el evento dañoso. Así, el capital de condena se fijó en $69.136,84, con ajuste a lo dispuesto en la Ley 27.348 vigente al momento del accidente. Se confirmaron las restantes cuestiones.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara consideró que no existía razonable conexión causal entre la limitación física del actor y la magnitud del impacto psicológico que le atribuyó el perito, por lo que redujo el porcentaje de incapacidad psicológica a cero. En cambio, confirmó el 3,67% de incapacidad física reconocido en primera instancia.

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