JEREZ, CARLOS MARIA c/ NET BROKER S.A. s/DESPIDO
El actor promovió demanda contra su ex empleador por aplicación del convenio colectivo errado. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia que desestimó los reclamos fundados en la aplicación del convenio pretendido.
Aplicación del Convenio Colectivo de Trabajo 264/95 (de "seguros") en vez del CCT 130/75 (de "comercio"), reclamando diferencias salariales e indemnizatorias.
¿Qué se resolvió?
Se rechaza el recurso de apelación del actor. La Cámara confirma que el CCT 264/95 no es aplicable a la actividad de intermediación de seguros que realiza la empresa demandada, debiendo regirse la relación por el CCT 130/75. También se rechazan los reclamos por comisiones impagas, retenciones indebidas y presentismo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La actividad de Net Broker S.A. es de intermediación y comercialización de seguros de terceras compañías aseguradoras, no de una compañía de seguros o reaseguros propiamente dicha. Por lo tanto, no se encuentra alcanzada por el CCT 264/95.
- Los testigos confirmaron que Net Broker S.A. sólo comercializa seguros, sin ser una aseguradora.
- Los reclamos por comisiones, retenciones y presentismo carecen de sustento probatorio.
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