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ORTIZ, EDGARDO DANIEL c/ NUEVA RECOVA S.R.L. Y OTRO s/DESPIDO

El actor promovió reclamo por despido contra su empleadora. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia en lo sustancial, ordenando a la empleadora entregar los certificados laborales con las características reales del vínculo.

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Despido

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, salvo en lo relativo a la obligación de la empleadora de entregar los certificados previstos en el art. 80 de la LCT, los cuales deberán reflejar las características reales del vínculo entre las partes. Respecto a los honorarios, la Cámara consideró que los fijados en primera instancia resultaban equitativos y ajustados a derecho, por lo que los confirmó. Fundamentos principales:
- La empleadora tiene la obligación de entregar los certificados previstos en el art. 80 LCT, los que deberán incluir las constancias relativas al vínculo habido entre las partes y judicialmente reconocido.
- Los honorarios fijados en primera instancia a los letrados y a la perito contadora lucen equitativos y ajustados a derecho.

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