Recurso Queja Nº 1 - c/ FDR PREVENCION ART SA s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El fondo de reserva de la Ley de Riesgos del Trabajo impugnó la decisión de primera instancia que lo obligaba a responder por el capital, intereses y honorarios. La Cámara desestimó el recurso, confirmando la responsabilidad del fondo.
Ejecución de sentencia definitiva que obligaba al Fondo de Reserva de la LRT a responder por el capital, intereses y honorarios.
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar a la queja interpuesta por el fondo de reserva y desestimó su recurso. Consideró que la responsabilidad del fondo se había configurado al momento de la liquidación de la ART, por lo que no resultaban aplicables las modificaciones posteriores que pretendían limitar su alcance. También rechazó el argumento de limitar los intereses a la fecha de la quiebra.
Fundamentos relevantes:
- La resolución sobre ejecución de sentencia, pese a ser en principio inapelable, puede serlo excepcionalmente cuando afecte gravemente el derecho de defensa o la integridad del derecho reconocido en la sentencia definitiva.
- Las obligaciones del fondo de reserva se configuraron al momento de la liquidación de la ART, por lo que no resultan aplicables las modificaciones posteriores que buscaban limitar su alcance.
- Los intereses suspendidos por la quiebra no se cancelan ni extinguen, sino que deben pagarse al finalizar la liquidación, por lo que no corresponde limitar la responsabilidad del fondo a la fecha de la quiebra.
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