OSUNA NELSON DAVID c/ ART LIDERAR S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
Trabajador demandó a ART por accidente laboral. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, limitando la responsabilidad del Fondo de Reserva a los términos del decreto 1022/2017.
¿Quién es el actor?
Nelson David Osuna
¿A quién se demanda?
ART Liderar S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Accidente laboral
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, limitando la responsabilidad del Fondo de Reserva a los términos del decreto 1022/2017 en cuanto a costas y gastos causídicos. Confirmó el resto de lo resuelto, incluyendo que los intereses se devengarán hasta el efectivo pago.
Fundamentos principales:
- La ley 20.091 remite al régimen general de concursos y quiebras, cuyo art. 129 prevé que la declaración de quiebra no suspende los intereses de créditos laborales.
- Ello se sustenta en que los créditos laborales tienen preferente tutela (art. 14 bis CN) y en los lineamientos del Convenio 173 OIT.
- Si bien el art. 129 LCQ alude a "intereses compensatorios", ello debe interpretarse armónicamente, evitando dejar sin efecto la voluntad del legislador de exceptuar los créditos laborales de la suspensión de intereses.
- El decreto 1022/2017, anterior a la liquidación de la ART, limita la responsabilidad del Fondo de Reserva a las prestaciones reconocidas por la Ley 24.557, excluyendo costas y gastos.
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