SEITA PAREDES, ROCIO YASMIN c/ LIAÑO, MARTA SUSANA Y OTRO s/DESPIDO
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo declara mal concedidos los recursos de apelación por considerar que los montos en discusión no alcanzan el umbral mínimo de apelabilidad.
Despido
¿Qué se resolvió?
La Cámara declara mal concedidos los recursos de apelación interpuestos por ambas partes y por la representación letrada de la parte demandada, dado que los montos en discusión no superan el mínimo legal para ser apelables. El monto total reconocido en la sentencia de primera instancia fue de $177.003,84, inferior al límite vigente de $270.000.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- De acuerdo a la jurisprudencia, los intereses no deben incluirse para calcular el monto del litigio a los fines de determinar la apelabilidad.
- El límite cuantitativo de apelación no depende de la naturaleza del agravio ni de la parte que se agravia.
- Las cuestiones referidas a honorarios y costas también quedan excluidas de apelación al no superar el monto mínimo.
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