GOMEZ, FABRICIO c/ SERVICIOS VERTUA S.A. s/OTROS RECLAMOS
El actor promovió demanda por otros reclamos laborales. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral modificó la sentencia reduciendo el monto de la sanción del art. 132 bis de la LCT.
Otros reclamos laborales (días trabajados, vacaciones no gozadas, aguinaldo proporcional y sanción del art. 132 bis LCT)
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la condena en lo sustancial, pero redujo el monto de la sanción del art. 132 bis de la LCT.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Si bien la prueba testimonial puede ser insegura y existir fenómenos de falso testimonio, en el caso las declaraciones de cinco testigos que corroboraron el pago en negro fueron concordantes y no fueron impugnadas.
- Respecto a la sanción del art. 132 bis LCT, se consideró que presenta características represivas propias del ius puniendi del Estado, por lo que corresponde a los jueces laborales moderar la punición fijándola dentro de límites razonables con la magnitud de la ilicitud cometida.
- Dado que sobre lo abonado en negro no se efectuaron retenciones, y los períodos de pago insuficiente o parcial en blanco fueron breves, se sustituyó la multa original de $335.461,10 por una suma igual a lo adeudado por imperio del art. 80 LCT, es decir, $100.638,33.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: