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GARCIA, EDUARDO MANUEL c/ HEMETSA S.A. Y OTRO s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido y reclamó indemnizaciones por falta de registración de la relación laboral. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia, reconociendo la antigüedad del trabajador y ordenando el pago de nuevos montos indemnizatorios.

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Indemnizaciones por despido y falta de registración de la relación laboral

¿Qué se resolvió?


- Se modifica la sentencia de primera instancia, reconociendo que el actor ingresó a trabajar el 24/8/2005 y no el 2/11/2012 como había sido registrado.
- Se condena a los demandados al pago de indemnizaciones por antigüedad, preaviso, art. 15 LNE, art. 2 ley 25.323, así como otros rubros reclamados.
- Se extiende la condena en forma solidaria al codemandado David Carlos Levy.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Los recibos de haberes y la prueba de informes de la IGJ acreditan que el actor prestó servicios desde 2005, aunque bajo distintas denominaciones societarias.
- No se acreditó la existencia de trabajo en negro ni el pago de horas extras, por lo que se rechazan esos reclamos.
- Procede la indemnización del art. 15 LNE por la falta de registración de la antigüedad.
- Los intereses se calcularán conforme a las tasas establecidas en las Actas de la CNAT, con capitalización anual a partir de la notificación de la demanda.

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