RINDIEZ, JULIO ALFREDO Y OTROS c/ TELEFONICA DE ARGENTINA S.A. s/DIFERENCIAS DE SALARIOS
El actor promovió demanda por diferencias salariales derivadas de la aplicación de conceptos convencionales. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia que hizo lugar parcialmente a la demanda y consideró remunerativos los conceptos de compensación por viáticos y compensación tarifa telefónica.
¿Quién es el actor?
Julio Alfredo Rindiez y otros
¿A quién se demanda?
Telefónica de Argentina S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Diferencias salariales derivadas de la aplicación de los conceptos de "compensación por viáticos" y "compensación tarifa telefónica" como no remunerativos.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia que consideró remunerativos dichos conceptos, por lo que se deberán recalcular las diferencias en los rubros de sueldo anual complementario, horas extras y vacaciones.
Los principales fundamentos fueron:
- Los convenios colectivos no pueden determinar la naturaleza no remunerativa de conceptos salariales, ya que ello vulnera el orden público laboral.
- La denominación de "viáticos" y la falta de requisito de comprobación de gastos, no son suficientes para excluir esos conceptos de la remuneración.
- Las sumas abonadas en concepto de "compensación tarifa telefónica" deben considerarse remunerativas, conforme la doctrina de la CSJN en el fallo "Pérez c/ Disco".
- No corresponde admitir la excepción de prescripción, ya que el reclamo se circunscribió al período no prescripto.
- Se confirma la imposición de intereses de acuerdo a las Actas CNAT aplicables.
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