LA PAZ, GUSTAVO ANDRES c/ OMINT ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor reclamó indemnización por incapacidad derivada de accidente de trabajo. La Cámara confirmó parcialmente la sentencia que hizo lugar al reclamo y fijó la incapacidad psíquica en un 7%.
Indemnización por incapacidad derivada de accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, que hizo lugar a la demanda. Estableció que el actor presentaba un Trastorno Adaptativo crónico con estado de ánimo depresivo que le generaba una incapacidad psíquica del 7%. Rechazó los agravios de la demandada contra la valoración de la pericia psicológica, considerando que el juez puede apartarse de la pericia solo ante deficiencias significativas, lo que no se verificaba en el caso. Confirmó también la aplicación de intereses desde la fecha del accidente.
Fundamentos relevantes:
- "la apreciación de los dictámenes periciales (de conformidad con las reglas de la sana crítica; art. 386 CPCCN) constituye una facultad de los jueces, quienes tienen sobre este prueba las mismas atribuciones que para el análisis de las restantes medidas probatorias, pudiendo hacerlo con la latitud que le adjudica la ley."
- "el juez solo puede y debe apartarse del asesoramiento pericial cuando éste adolezca de deficiencias significativas, sea por errores en la apreciación de las circunstancias de hecho o por fallas lógicas en el desarrollo de los razonamientos empleados que conduzcan a descartar la idoneidad probatoria de la peritación, extremos que no surgen del presente."
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