GARCIA, JIMENA Y OTRO c/ GEELBE ARGENTINA S.A. Y OTROS s/DESPIDO
Trabajadoras despedidas de Geelbe Argentina S.A. recurren parcialmente sentencia de primera instancia. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirma el fallo que hizo lugar parcialmente a la demanda.
Diferencias salariales y aplicación de la sanción del art. 132 bis LCT
¿Qué se resolvió?
- Se desestima el reclamo por diferencias salariales de Santiago por falta de cumplimiento de los requisitos del art. 65 LO.
- Se desestima la aplicación de la sanción del art. 132 bis LCT por no haberse cumplido el plazo de 30 días exigido por el art. 1 del decreto 146/01.
- Se confirma el fallo de primera instancia que hizo lugar parcialmente a la demanda.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- En relación a las diferencias salariales, se indica que los argumentos y montos reclamados no fueron expuestos en la demanda inicial, lo que impide que se aplique la presunción de veracidad del art. 71 LO.
- Respecto a la sanción del art. 132 bis LCT, se señala que no se cumplió con el plazo de 30 días exigido por la normativa, por lo que no corresponde su aplicación.
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