TUBIO, LEOPOLDO JOSE Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES s/DIFERENCIAS DE SALARIOS
Trabajadores demandaron al Estado por diferencias salariales, pero la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la incompetencia de la justicia laboral para entender en el caso.
Solicitan que se declare el carácter remuneratorio de las sumas que perciben en concepto de adicional denominado S.I.M (servicio de inspección migratoria) y las diferencias que de ellas deriven.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la declaración de incompetencia de la justicia laboral para entender en el caso. Señala que si bien para disposiciones excepcionales de la LCT a favor de empleados públicos se requiere que por acto expreso se los incluya, en este caso no se verifican tales excepciones. Agrega que el Convenio Colectivo de Trabajo para la Administración Pública Nacional, homologado por decretos, se rige por la Ley 24.185 y no resulta de aplicación automática la LCT. Según el tribunal, esto es coherente con la jurisprudencia de la CSJN.
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