GRANDE, NAHUEL GUILLERMO c/ GROUP OF PRIVATE SECURITY S.R.L. Y OTRO s/DESPIDO
El trabajador recurrió la sentencia que desestimó la indemnización por falta de intimación al pago de salarios e indemnizaciones. La Cámara modificó la sentencia y dispuso el pago de dicha indemnización.
Indemnización por despido y falta de intimación al pago de salarios e indemnizaciones
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó el pago de la indemnización prevista en el art. 80 de la LCT, por un monto de $158.692. La Cámara consideró que el trabajador dio cumplimiento a la intimación dispuesta en el art. 80 de la LCT dentro del plazo previsto, y que la documental acompañada por la empleadora no acreditaba fehacientemente que se hubiere efectuado la consignación judicial de los montos adeudados. Por lo tanto, correspondía hacer lugar a dicha indemnización. La Cámara ordenó imponer las costas de alzada a la demandada y regular los honorarios de la representación letrada del actor en el 35% de lo que le corresponda por su actuación en la etapa previa.
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