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Recurso Queja Nº 1 - s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El Fondo de Reserva de la LRT interpuso recurso de queja contra la decisión de primera instancia que lo declaró responsable por el pago del capital, intereses y honorarios. La Cámara de Apelaciones desestimó el recurso de queja.

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Accidente de trabajo
- Ley Especial

¿Qué se resolvió?

La Cámara de Apelaciones hizo lugar a la queja interpuesta por el Fondo de Reserva contra la resolución que lo declaró responsable por el pago del capital, intereses y honorarios. La Cámara consideró que, si bien en principio las decisiones dictadas en la etapa de ejecución son inapelables, en este caso correspondía hacer una excepción dado que se encontraba en discusión la integridad del crédito reconocido en la sentencia definitiva y las obligaciones de un tercero (el Fondo de Reserva) no tratadas oportunamente. En cuanto al fondo, la Cámara entendió que la responsabilidad del Fondo de Reserva se configuró al momento de la liquidación de la ART demandada, por lo que no resultaban aplicables las modificaciones introducidas posteriormente por el Decreto 1022/17, al considerar que ello implicaría una afectación del derecho de propiedad. Asimismo, rechazó el planteo del Fondo de limitar su responsabilidad a los intereses devengados hasta la fecha de la quiebra, por considerar que dicha limitación es aplicable solo al deudor fallido y no a terceros obligados.

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