MAZO, NOELIA ITATI c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó parcialmente la sentencia que hizo lugar a la demanda por accidente laboral y otorgó incapacidad psicológica.
cobro de las prestaciones dinerarias de la ley 24.557 por accidente laboral el 16/4/2017
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la acción. Respecto a la incapacidad psicológica, el tribunal consideró que el perito médico fundamentó adecuadamente su dictamen sobre la existencia de daño psíquico, por lo que rechazó el agravio de la demandada. Asimismo, confirmó que los intereses deben computarse desde la fecha del accidente.
Fundamentos relevantes:
- El perito médico se basó en el psicodiagnóstico del Lic. Abiad para determinar la existencia de una "Reacción Vivencia Anormal Neurótica Grado II" en la actora, concluyendo que padece un trastorno de adaptación que requiere tratamiento psicológico.
- La Cámara ratificó el criterio jurisprudencial que establece que los intereses deben correr desde la fecha del accidente o la consolidación del daño.
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