PAXON, PEDRO ROBERTO c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor reclamó indemnización por enfermedades profesionales. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia al ordenar la liquidación de intereses moratorios desde enero de 2018.
Indemnización por enfermedades profesionales vinculadas a su trabajo en una fuerza de seguridad.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia al ordenar la liquidación de intereses moratorios a partir del 1° de enero de 2018 hasta el efectivo pago. Confirmó los honorarios impugnados.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Si bien el monto de condena fue fijado a valores de enero de 2018, liquidar los intereses recién a partir del 20 de diciembre del mismo año implicaría una atomización o desvalorización de la debida compensación patrimonial.
- Por regla, los intereses moratorios deberían liquidarse desde la primera manifestación invalidante, en los términos del art. 11 de la Ley 27.348.
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