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GIMENEZ, DIEGO SEBASTIAN c/ JIP JOP S.A. Y OTROS s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido contra su empleadora. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y redujo el monto de condena.

Responsabilidad solidaria Diferencias salariales Despido Art 45 ley 25 345 Propinas Jornada a tiempo parcial

Despido

¿Qué se resolvió?

Se revocó la condena solidaria a los codemandados Quintiero, se modificó parcialmente el monto de condena contra Jip Jop S.A. dejando sin efecto la remuneración del mes de diciembre 2013 pero condenando a los días trabajados y no abonados de noviembre 2013. Se confirmó la incorporación de las propinas en la base remuneratoria y la procedencia de la sanción del art. 45 ley 25.345.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La disminución de trabajo e imposibilidad de renovar el contrato de locación no encuadra en el art. 247 LCT.
- No corresponde condenar por el mes de diciembre 2013 al no haberse acreditado la prestación de tareas.
- La carga de probar la jornada a tiempo parcial recae en el empleador, la cual no se cumplió.
- Las propinas no integran la remuneración por aplicación de los CCT.
- Procede la sanción del art. 45 ley 25.345 por incumplimiento de entrega de certificados art. 80 LCT.

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