MANGANESE, SILVANA c/ ASOCIACION ITALIANA DE MUTUALIDAD E INSTRUCCION UNIONE E BENEVOLENZA Y OTRO s/DESPIDO
Trabajadora demandó por despido y obtuvo parcial confirmación de sentencia de primera instancia en apelación
Despido
¿Qué se resolvió?
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia. Rechazó el pedido de multa por omisión de intimación previa según art. 132 bis LCT, debido a que la actora no cursó dicha intimación en los plazos legales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Cámara consideró que el monto cuestionado por la parte demandada era inferior al mínimo previsto para ser apelable, por lo que el recurso de la demandada fue mal concedido.
- Respecto a la multa, la Cámara sostuvo que ante una norma de derecho penal fiscal como el art. 132 bis LCT, es necesario el cumplimiento de la formalidad legal de intimación previa, la cual no fue acreditada.
- La Cámara confirmó las regulaciones de honorarios por considerarlas razonables.
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