SAUCEDO, CHRISTIAN GASTON c/ CIUDAD SPORT S.A. Y OTROS s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido contra Ciudad Sport S.A. y el Club Ciudad de Buenos Aires. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia que condenó en forma solidaria al Club Ciudad de Buenos Aires por los créditos del trabajador.
Despido
¿Qué se resolvió?
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia que condenó en forma solidaria al Club Ciudad de Buenos Aires junto con Ciudad Sport S.A. por los créditos del trabajador, aplicando el art. 30 de la LCT. Confirmó también la condena al pago de la multa del art. 80 LCT y del art. 15 de la Ley de Nulidad de Enganche.
Fundamentos principales:
- El Club Ciudad de Buenos Aires resultó solidariamente responsable por los servicios prestados por el trabajador a Ciudad Sport S.A., ya que estos coincidían con la actividad normal y específica propia del Club, consistente en llevar a cabo actividades deportivas.
- Además, el Club Ciudad de Buenos Aires había cedido en locación parte de sus instalaciones a Ciudad Sport S.A., lo cual también genera responsabilidad solidaria conforme el art. 30 LCT.
- Se confirmó la aplicación de la presunción del art. 55 LCT respecto a las condiciones laborales del trabajador, al tratarse de una relación clandestina.
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