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ALVES DEL PUERTO, JUAN JOSE c/ COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS VICTORIA S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor apeló la decisión de primera instancia que tuvo por decaída la prueba pericial médica. La Cámara revocó dicha decisión y ordenó la remisión del expediente al juzgado de origen para la producción de la prueba pericial.

Accidente de trabajo Debido proceso Prueba pericial medica Defensa en juicio Facultades instructorias del juez


¿Quién es el actor?

ALVES DEL PUERTO JUAN JOSÉ

¿A quién se demanda?

COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS VICTORIA S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por accidente de trabajo.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la decisión de primera instancia que había tenido por decaída la prueba pericial médica, considerando que ello importaba un excesivo rigorismo formal que se apartaba de la búsqueda de la verdad material. En consecuencia, ordenó remitir el expediente al juzgado de origen para que se produzca la prueba pericial médica y se dicte una nueva sentencia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara señaló que el juez posee facultades instructorias para la averiguación de la verdad real, por lo que no correspondía tener por decaída una prueba esencial como la pericial médica, máxime cuando el actor había mostrado una actitud dispuesta a su realización. Indicó que la decisión apelada vulneraba el debido proceso y la garantía de defensa en juicio.

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