NICOLINI, CARLOS RUBEN c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia, ajustando el cálculo de intereses y reduciendo los honorarios del perito médico.
Accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia en los siguientes aspectos:
1) Respecto a los intereses, estableció que la capitalización deberá practicarse anualmente a partir del 1º de enero de 2015 hasta la fecha de aprobación judicial de la liquidación, sin perjuicio de la aplicación del art. 771 del Código Civil y Comercial si la suma resulta desproporcionada.
2) Confirmó los honorarios de los letrados del actor, pero redujo los del perito médico al 6% del monto total de condena.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Sobre los intereses: Señaló que dado que el traslado de la demanda se produjo con anterioridad a la entrada en vigencia del Código Civil y Comercial, la capitalización debe efectuarse desde el 1º de agosto de 2015.
- Sobre los honorarios: Consideró que los regulados a la representación letrada del actor no lucen excesivos, pero los del perito médico resultan elevados.
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