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FLORES, ANDRES IGNACIO c/ HORIZONTE COMPAÑIA DE SEGUROS GENERALES S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El trabajador promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y elevó el monto de la indemnización aplicando el índice RIPTE y el adicional del 20% previsto por ley.

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Accidente de trabajo con incapacidad del 20,8%

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y elevó el monto de condena, aplicando el índice RIPTE para actualizar la indemnización y el adicional del 20% previsto en la ley 26.773. Fundamentos principales:
- El tribunal consideró que el artículo 17.6 de la ley 26.773 prevé la aplicación del índice RIPTE para actualizar la base salarial de la indemnización, a fin de mantener el valor adquisitivo de la misma.
- Sostuvo que el artículo 3 de la ley 26.773 prevé un adicional del 20% sobre el monto de la indemnización, aplicable también a los accidentes in itinere.
- Declaró la inconstitucionalidad del Decreto 472/2014 en cuanto limitaba la aplicación del RIPTE.

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