CASTILLO, LUCAS RODOLFO c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor cuestionó el rechazo de la incapacidad psicológica y la aplicación de la fórmula de capacidad restante. La Cámara modificó la sentencia y reconoció una incapacidad psicológica del 10.68% total y permanente.
Accidente de trabajo y daño psicológico
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia y reconoció una incapacidad psicológica del 10.68% total y permanente.
Los fundamentos principales fueron:
- El tribunal reconoció que el daño psíquico es factible de producirse ante situaciones traumáticas, como un accidente de trabajo, que pueden generar un trastorno de estrés postraumático.
- Sin embargo, en este caso el trauma fue leve y la incapacidad física también lo es, por lo que no se advierte que el actor sufra una perturbación patológica de su personalidad.
- Respecto al agravio sobre la incapacidad psicológica, la jueza Graciela L. Craig discrepó del voto de la mayoría. Entendió que correspondía hacer lugar al agravio, ya que la pericia médica determinó la existencia de un cuadro psicopatológico compatible con trastorno de estrés postraumático que incapacita al actor en un 10.68% total y permanente.
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