ANDRAE, ALANA CANDRAE c/ IARAI S.A. Y OTRO s/DESPIDO
Trabajadora promovió demanda por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y redujo el monto indemnizatorio.
Despido
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, reduciendo el monto de la indemnización prevista en el art. 80 de la LCT. Por mayoría, consideró que no hubo una clara intención de parte del empleador de vulnerar la normativa sobre entrega de certificados de trabajo. Sin embargo, confirmó la procedencia del despido declarado ilegítimo y la condena en costas.
Fundamentos relevantes:
- "La mera puesta a disposición o en su caso, la consignación, de documentos que no fueron confeccionados de conformidad con las exigencias legalmente previstas, no permite tener por cumplida en forma adecuada la obligación impuesta al empleador, y en consecuencia permite subsumir dicho proceder en el supuesto contemplado en el propósito sancionatorio de la mencionada normativa."
- "No puede pasarse por alto que los instrumentos presuntamente puestos a disposición no contienen los reales datos de la relación habida entre las partes, por lo que carecen de la validez requerible a los fines de tener por cumplida la obligación prevista en el artículo 80 citado."
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