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TORRES, JOAQUIN ENRIQUE c/ ESTADO NACIONAL-ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS Y OTRO s/DESPIDO

El actor demandó por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó la sentencia que desestimó la demanda.

Relacion de dependencia Contrato de trabajo Despido Prestacion de servicios Administracion publica Convenio de asistencia tecnica


¿Quién es el actor?

Joaquín Enrique Torres
- Demandados: Estado Nacional
- Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y otro

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo salarial e indemnizatorio por despido

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia que desestimó la demanda, al considerar que el actor no acreditó la existencia de una relación de dependencia, sino que sus servicios fueron contratados en el marco de un convenio de asistencia técnica entre la AFIP y la Universidad de Buenos Aires. Los jueces señalaron que:
- No hay continuidad en los supuestos vínculos previos del actor con el Ministerio de Economía y Jefatura de Gabinete, pues no mediaba intervención de la UBA.
- Los contratos posteriores a 2007 se encuadraban en el convenio de asistencia técnica entre AFIP y UBA, sin que el actor haya demostrado que sus servicios excedieran ese marco.
- La sola prestación de servicios no basta para presumir la existencia de un contrato de trabajo, cuando las circunstancias demuestren lo contrario, como en este caso de contratación en el marco del derecho público.
- No se acreditó la supuesta comunicación de despido, ni que el vínculo se haya extinguido en otras condiciones que la finalización del contrato.
- La UBA carece de calidad de empleador, siendo aplicable el criterio de la CSJN en "Gómez Susana Gladys".

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