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PLAZA , CARLOS ALBERTO c/ ART INTERACCION S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El Fondo de Reserva creado por el art. 34 de la ley 24.557 debe responder por la totalidad de las costas e intereses aplicados al capital de condena, al confirmarse la decisión de primera instancia.

Intereses Costas Accidente de trabajo Ley de riesgos del trabajo Responsabilidad Liquidacion Fondo de reserva

Accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

Se confirma la resolución de primera instancia que hizo lugar a la demanda y dispuso que el Fondo de Reserva creado por el art. 34 de la ley 24.557 responda por la totalidad de las costas e intereses aplicados al capital de condena. Fundamentos principales:
- Interacción ART S.A. fue disuelta y liquidada con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto 1022/17, por lo que no resultan aplicables las nuevas disposiciones sobre el alcance de la responsabilidad del Fondo de Reserva.
- Conforme a la doctrina del Plenario "Borgia c/ Luz ART", la responsabilidad del Fondo de Reserva se extiende a los intereses y costas.

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