GARDEÑEZ, OSCAR EDUARDO c/ INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS s/OTROS RECLAMOS
El actor promovió demanda por otros reclamos contra el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados. La Cámara Nacional de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: OSCAR EDUARDO GARDEÑEZ
Demandado: INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS
Objeto de la demanda: Otros reclamos
Decisión del tribunal: Se confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda.
Fundamentos principales:
- La Cámara consideró que se configura la presunción del art. 23 de la LCT, ya que el actor acreditó la prestación de servicios propios de su profesión médica en la atención domiciliaria de pacientes de la obra social demandada, sin que ésta haya aportado prueba para demostrar que el vínculo tenía una naturaleza distinta a la de un contrato de trabajo.
- El hecho de que el actor sea un profesional universitario no implica que no pueda estar en relación de dependencia, ya que la ausencia de subordinación técnica no excluye la existencia de una relación laboral cuando el trabajador se integra a la organización y estructura de la empresa para el logro de sus fines.
- La suscripción de contratos de locación de servicios no determina por sí la naturaleza del vínculo, que debe analizarse conforme al principio de primacía de la realidad. Tampoco la falta de reclamos durante la vigencia del vínculo puede valorarse en contra del trabajador, en virtud del principio de irrenunciabilidad.
- Las características particulares de la obra social demandada como entidad pública no estatal no la eximen de cumplir con la normativa laboral.
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