RUBIL, CLAUDIO ALBERTO c/ OMINT ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor promovió reclamo por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia y mantuvo la indemnización por incapacidad psicológica reducida.
Accidente de trabajo y determinación de incapacidad
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, que había hecho lugar parcialmente al reclamo, reduciendo la incapacidad psicológica estimada al 5% de la T.O. La Cámara consideró que la reducción de la incapacidad psicológica estaba debidamente fundamentada por la jueza de primera instancia, y que la demandada no había cuestionado adecuadamente esos fundamentos. Asimismo, confirmó el cálculo de intereses desde la fecha del accidente y la imposición de costas a la demandada.
Fundamentos relevantes:
- "La queja que articula la demandada en torno a la incapacidad psicológica no puede -a mi entender tener favorable acogida. Digo ello dado que el agravio sólo constituye una mera discrepancia subjetiva que no alcanza a desvirtuar lo decidido por la Sra. Juez a quo por lo que arriba desierto a esta Alzada."
- "la determinación de un daño psíquico superior al físico confirma que tal incapacidad se encuentra especialmente determinada por factores distintos de los vinculados al siniestro de autos"
- "los intereses deben calcularse desde la fecha del accidente o, en caso de enfermedades, desde la consolidación jurídica del daño"
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