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BLANCO, MIGUEL ANGEL c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

Un trabajador reclamó indemnización por accidente de trabajo. La Cámara modificó el porcentaje de incapacidad psicológica y confirmó el monto final indemnizatorio.

Indemnizacion Incapacidad Accidente de trabajo Dano psiquico Proporcionalidad Baremo

Indemnización por accidente de trabajo, por afectaciones a la columna, audición y capacidad psíquica.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirma la sentencia de primera instancia en cuanto a la incapacidad física (27,39% de la TO), pero reduce el porcentaje de incapacidad psicológica al 5% de la TO. En total, la incapacidad queda establecida en 33,36% de la TO, con un monto indemnizatorio de $691.680,29.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara considera que el daño psicológico debe ser proporcional al daño físico, salvo situaciones excepcionales. Además, los baremos son orientativos y el juez puede apartarse cuando los antecedentes del caso lo justifiquen.

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