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TOLEDANO, CELESTE ALEJANDRA c/ OMINT ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

La actora promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo declaró inconstitucional el plazo reglamentario para apelar la decisión administrativa y revocó la sentencia.

Accidente de trabajo Revision judicial Tutela judicial efectiva Inconstitucionalidad Ley 27 348 Resolucion 298 2017

Accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara declaró inconstitucional el artículo 16 de la Resolución 298/2017 de la SRT, que condicionaba la intervención judicial al plazo de 15 días para apelar la decisión administrativa. Consideró que dicho plazo breve vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva. En consecuencia, revocó la sentencia que había declarado la inadmisibilidad de la demanda por no haberse interpuesto el recurso administrativo en dicho plazo. La Cámara señaló que el procedimiento administrativo previo establecido por la Ley 27.348 no puede excluir la revisión judicial plena, de acuerdo a la jurisprudencia de la CSJN. Indicó que el plazo reglamentario constituye un exceso que afecta el acceso a la jurisdicción en cuestiones relativas a la salud de los trabajadores.

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